Ya estamos de vuelta y
empezamos el segundo trimestre con fuerzas. Hoy estuvimos hablando, en relación
a la creación de una empresa que nos mando nuestro profesor, de los "Star
up" (empresa de nueva creación o inicio) que son empresas pequeñas, emprendedores
nuevos, gente joven con nuevas tecnologías, una organización temporal
diseñada para buscar un repetirle y escalable modelo de
negocio. Estas empresas, en general, de nueva creación, se encuentran en
una fase de desarrollo y la investigación de mercados.
También
estuvimos hablando de los "Bussines angel" o inversor de
proximidad que provee capital para un start-up, usualmente a cambio de participación
accionaria.
Los
acuerdos de financiación se llevan a
cabo a través de un proceso negociador entre el inversor y emprendedor que normalmente
se materializan a través de participaciones temporales de los inversores en el capital de las empresas y tienen
por objeto acercar pequeñas y medianas empresas, nuevas o en fase de
crecimiento, con inversores informales y privados. Las redes de business
angels cumplen dos funciones principales:
-Reunir
a los business angels
-Aumentar
la eficacia de su proceso de contacto con proyectos de inversión interesantes.
También estuvimos hablando
del salario, que viene reflejado en el articulo 26 del estatuto de los trabajadores. ¿Qué le doy a la empresa? Mi tiempo/trabajo y …¿Qué me da la
empresa a mi? Mi salario. Los autónomos en cambio no tienen salarios, cobran
facturas. El salario siempre existe cuando el trabajo sea por cuenta ajena y la
ley da 30 día de vacaciones por año trabajado al que se supone que “tengo todo
el derecho” dependiendo de las circunstancias luego dentro de una empresa si se
ha tenido que asentar no siempre se le paga o deja de pagar dependiendo si es
algo grave, si es algo ajeno aun que sea cercano, no.
También hay permisos
remunerados vinculados al tiempo de trabajo. El salario puede pagarse en:
-Dinero
-Especies(no puede
superar el 30%(Vacaciones))
*Las dos tienen
retenciones.
Estuvimos comentando
también los tipos de invalidez, los cuales son:
-Parcial: puedo seguir trabajando (indemnización)
-Total: invalido para tu
trabajo habitual (55% pensión del salario del ultimo trabajo)
-Absoluta: invalido para
cualquier tipo de trabajo (100% pensión)
-Gran invalidez: Además
de no poder trabajar necesito de alguien que me cuide.
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