viernes, 17 de enero de 2014

16.01.14 Periodo de prueba

Todo contrato de trabajo tiene un periodo de prueba. 
El periodo de prueba es un tiempo determinado, con una duración máxima que se determina según el convenio colectivo aplicable al sector y de la categoría profesional del trabajador, durante el cual, trabajador y empresario puede dar por finalizada la relación laboral sin previo aviso y sin derecho a indemnización.

  • Su finalidad es:


-Para el empresario: comprobar si el trabajador es apto y esta cualificado para el puesto en el que se le ha contratado

-Para el trabajador: conocer las condiciones en las que va a trabajar y ver si la empresa le interesa.

  • En defecto de convenio la duración no podrá exceder de:


-Seis meses para los técnicos titulados.

-Dos meses para el resto de los trabajadores o tres meses en el caso de empresas de menos de 25 trabajadores.

El trabajador en este periodo es un trabajador más y tiene los mismos derechos y obligaciones que corresponden al puesto de trabajo que desempeña como el resto de la plantilla, la única diferencia es que el empresario puede despedirlo sin aviso previo y sin indemnización cuando quiera. No es obligatorio y debe figurar por escrito y por supuesto dado de alta en la Seguridad Social.

No hay comentarios:

Publicar un comentario