jueves, 16 de enero de 2014

15-01-14 Comentario de sentencia e "Ius variandi"

En esta clase estuvimos repasando lo visto anteriormente y comentando una sentencia que traía varios ejemplos sobre modificaciones de movilidad de contrato dentro de la empresa, para así, aclararnos un poco con ejemplos reales la idea de movilidad geográfica o funcional. Esta iba sobre el Tribunal Superior de justicia de Asturias en el pudimos saber cual era el motivo de la sentencia y qué reclamaba la demandante. La habían trasladado a otro centro de trabajo que tenía la empresa en una ciudad distinta a la que ella estaba actualmente y no estaba de acuerdo, por lo tanto reclamaba un caso de movilidad geográfica. Éste fue denegado, ya que no implicaba un cambio de residencia.
También estuvimos hablando del Ius variandi que  es la facultad que tiene el empleador o empresario de alterar unilateralmente condiciones esenciales del contrato individual de trabajo, tales como:
> Cambio de lugar de trabajo (que ocasione perjuicio al trabajador). 
> Alteración de la jornada laboral. 
> Cambio de labores o prestaciones laborales que impliquen un cambio en la categoría de trabajo. 
> Alteración de la remuneración pactada o de convenio.
… y consiste en que tal acuerdo sólo puede recaer sobre aquellas materias en que las partes han podido convenir libremente, por ejemplo:
a) La naturaleza de los servicios.
b) El sitio o recinto en que ellos deban prestarse.

c) La distribución de la jornada de trabajo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario