En esta clase estuvimos
repasando lo visto anteriormente y comentando una sentencia que traía varios
ejemplos sobre modificaciones de movilidad de contrato dentro de la empresa,
para así, aclararnos un poco con ejemplos reales la idea de movilidad geográfica
o funcional. Esta iba sobre el Tribunal Superior de justicia de Asturias en el pudimos saber cual era el
motivo de la sentencia y qué reclamaba la demandante. La habían trasladado a
otro centro de trabajo que tenía la empresa en una ciudad distinta a la que
ella estaba actualmente y no estaba de acuerdo, por lo tanto reclamaba un caso
de movilidad geográfica. Éste fue denegado, ya que no implicaba un cambio de residencia.
También estuvimos hablando del Ius variandi que es la facultad que tiene el empleador o
empresario de alterar unilateralmente condiciones esenciales del contrato
individual de trabajo, tales como:
> Cambio de lugar de
trabajo (que ocasione perjuicio al trabajador).
> Alteración de la jornada laboral.
> Cambio de labores o prestaciones laborales que impliquen un cambio en la categoría de trabajo.
> Alteración de la remuneración pactada o de convenio.
> Alteración de la jornada laboral.
> Cambio de labores o prestaciones laborales que impliquen un cambio en la categoría de trabajo.
> Alteración de la remuneración pactada o de convenio.
… y consiste en que tal acuerdo sólo
puede recaer sobre aquellas materias en que las partes han podido convenir libremente, por ejemplo:
a) La naturaleza de los servicios.
a) La naturaleza de los servicios.
b) El sitio o recinto en que ellos deban
prestarse.
c) La distribución de la jornada de
trabajo.
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