Los compañeros de sonido han venido a clase para comentarnos como se darían ellos a conocer y a partir de ahí le mostraremos a continuación que tipo de contrato y jornada sería la mas conveniente en su tipo de trabajo.
José María Arresa, Espectáculos de ilusionismo.
Jornada: yo vería adecuada una jornada de máximo de 5 h con mas efectividad fines de semana en las que alomejor puede asistir a teatros y funciones en las que tenga varias sesiones abiertas.
Contrato: a tiempo parcial, ya que no tiene una continuidad fija establecida si no que va por pequeñas contrataciones.
Comunicación: como bien ya esta haciendo el ha creado un logotipo con su nombre que reparte en tarjetas, actuando de forma gratuita para darse a conocer (bares, restaurantes, cumpleaños, empresas de espectáculo), a través de las redes sociales (twiter,facebook...), moverse con gente de su entorno y repartiendo productos de marketin con su logo y su nombre.
Francisco Antonio Vargas (Curro), Promotora de eventos de música electrónica.
Jornada: Completa, tienen que organizarse buscando a los mejores candidatos por lo que eso supone horas de buscar a personas adecuadas, ya que no solo se encargan de la publicidad de los carteles,flyers y relaciones publicas si no que también buscan a DJ principal que llenara la fiesta ya que les conviene llenar por que se llevan un tanto por ciento del total.
Contrato: Contrato indefinido.
Comunicación: Un mes antes de la celebración de la fiesta promocionan el evento a través de youtube, facebook con su propio logo marcado.
Antonio Vernal. Productora de Imagen
Jornada: Completa
Contrato: Contrato media jornada.
Comunicación: Darse a conocer en ciudades grandes que atraen mas público y a través de las redes sociales.
Antonio Lpez, montaría un centro de fitness
Jornada: completa ya que un gimnasio abre todo el día, con turnos de mañana y tarde
Contrato: indefinido
Comunicación: Para darse a conocer en un pueblo que es donde la montaría lo mejor es el boca a boca, a parte carteles y flyers del sitio en el que promociona que el primer día que vayas es gratuito.
Carlos Alberto Da-Silva, estudio de grabación.
Jornada: completa
Contrato: a tiempo parcial, ya que ira trabajando en funcion de personas que le vayan llegando al estudio de grabación.
Comunicación: como sobre todo va dirigido a bandas noveles las redes sociales y la radio son el mejor medio para darse conocer ofreciendo precios asequibles a jóvenes.
Javier titos, revisión de una empresa creada en Madrid de creación de eventos,radiomanager, bandas indi.
Jornada: media jornada o jornada completa, dependiendo del trabajo que salga o le pidan crear ya que es un estilo limitado de los años 70' y 80' con un publico fijo.
Contrato: a tiempo parcial.
Comunicación: Foros de eventos y eventos privados, profesionales relacionados dándote a conocer por entrevistas, televisiones locales, etc.
Juan Ignacio Ponce, Promotora de eventos en electrónica.
Jornada: media jornada o jornada completa dependiendo del tipo de evento y lo que conlleve.
Contrato: a tiempo parcial ya que habrá épocas mas fuertes que otras y viceversa.
Comunicación: a través de las redes sociales que es el objetivo de la gente joven al que va dirigido, vídeos promociona les en diferente plataformas, radio, tv, carteleria y folletos.
Jose Antonio Bermudes, Radio por Internet
Jornada: Completa
Contrato: indefinido ya que es el que se encarga de la radio en su totalidad.
Comunicación: dirigido al rap español y francés debería dirigirse anunciándose en paginas de este estilo, poner sus temas en diferentes secciones para darse a conocer destinado a que bandas noveles publiquen su música o participen en directo.
Jacobo Silvermann, Macroempresa de sonido y audiovisual.
Jornada: completa ya que hay que dedicarle mucho tiempo a la innovación ya que en este sector es de lo mas importante, además de una buena base económica porque trabajar con productos audiovisuales es caro.
Contrato: indefinido
Comunicación: Redes sociales, boca a boca creando un eslogan y haciendo un trabajo bien echo para que esos clientes traigan mas clientes.
Eugenio Gmez, Panadería exclusiva sin gluten.
Jornada: Completa
Contrato: indefinido
Comunicación: Darse a conocer a través del ayuntamiento del proyecto para empresas que estan empezando, en la asociación de niños que no pueden comer productos con gluten y por una pagina de Internet para que los 14000 malagueños que son celiacos puedan comer pan con tranquilidad.
Daniel Romero. Empresa de fotógrafos.
Jornada: Completa o a tiempo parcial, dependiendo de trabajos que te envíen fuerza de tu orario normal de trabajo(bodas,comuniones,bautizos...etc)
Contrato: indefinido
Comunicación: a través de las redes sociales, Internet publicando books ya realizados, una buena web, regalos promociona les, etc.
miércoles, 11 de diciembre de 2013
Aplicación de los estatutos de los trabajadores a la realidad
Hoy en clase hemos estado poniendo ejemplos personales y conocidos de distintas relaciones laborales en diferentes trabajos; lo sorprendente es que ninguno de estos cumplía en todo con el estatuto de los trabajadores, y la pena es que esto es el día a día en una época de crisis en la que nos encontramos. Cada vez los empresarios se aprovechan mas de la situacion y de las personas que no tienen nada mas, ya que básicamente "es lo que hay", o lo tomas o lo dejas.
Turnos partidos en los que sales a las 2 de la mañana y a las 10 otra vez sin transcurrir las 12 horas mínimas que deben pasar por ley, e incluso casos en los que directamente no había ni contrato formalizado. Es una vergüenza, si, pero esta todo tan mal que contad de trabajar los trabajadores se adaptan a lo que sea, por ejemplo horas extras pagadas a menos incluso que una hora normal, sin vacaciones y en unas condiciones fraudulentas poniendo en peligro la salud e integridad del trabajador, sin una Seguridad Social que le cubra,etc.
Turnos partidos en los que sales a las 2 de la mañana y a las 10 otra vez sin transcurrir las 12 horas mínimas que deben pasar por ley, e incluso casos en los que directamente no había ni contrato formalizado. Es una vergüenza, si, pero esta todo tan mal que contad de trabajar los trabajadores se adaptan a lo que sea, por ejemplo horas extras pagadas a menos incluso que una hora normal, sin vacaciones y en unas condiciones fraudulentas poniendo en peligro la salud e integridad del trabajador, sin una Seguridad Social que le cubra,etc.
jueves, 5 de diciembre de 2013
Preguntas test Manel Parte 2
9. Respecto al numero maximo de horas extraordinarias...
a) El Gobierno podrá suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempo determinado, con carácter general o para ciertas ramas de actividad o ámbitos territoriales.
a) El Gobierno podrá suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempo determinado, con carácter general o para ciertas ramas de actividad o ámbitos territoriales.
10. Respecto de la jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos...
a) No podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un periodo de referencia de quince días.
11. Si alguna comunidad autónoma no pudiera establecer alguna de sus fiestas patronales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales, podrá...
c) En el año que así ocurra, añadir una fiesta más con carácter recuperable, al máximo de fiestas laborables establecido por el TRET.
12. Tienen derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, la madre o el padre en los casos de nacimiento de hijos prematuros o que, por cualquier causa deben permanecer hospitalizados a continuación del parto...
a) Con la disminución proporcional del salario.
13. El periodo de vacaciones anuales retribuidas...
b) En ningún caso sera inferior a treinta días.
domingo, 1 de diciembre de 2013
Horas extras
Hoy hemos estado hablando de las horas extras,
todo lo que se haga fuera de las horas contratadas, son horas extraordinarias.
Con la ultima reforma
laboral existe un 10% de las horas dentro de ese contrato que quedan reservadas
por la propia distribución de la empresa, por ejemplo de 1800h/anuales pues el
10%.
Por convenio
establecido puede hacer 9h/ día y como comentamos el otro día según la ley un
trabajador que termine su jornada laboral no podrá incorporarse a su puesto
pasado mínimo 12horas excepto sectores que tienen una regulación especial (porteros
de fincas, aeropuerto, bomberos, personal sanitario, etc.).
Las horas extras pueden
beneficiarte con dinero o días de descanso aunque puede ser una distribución
irregular ya que hay sectores que tienen épocas más fuertes que otras por lo
que podría incrementar las horas por esto.
Si las horas
extraordinarias están fijadas por el convenio colectivo no me puedo negar.
Existe también un turno
más especial que es el nocturno de 22:00 a 6:00 de la mañana, y estos
trabajadores no pueden superar las 8 horas diarias en más de 15 días seguidos.
El
límite máximo de las horas extraordinarias no puede ser superior a 80 horas al
año y dentro de éstas no se computan las que se tuvieron que realizar por
razones de fuerza mayor o las que fueron compensadas por periodos de descanso
durante los 4 meses siguientes a su realización.
domingo, 24 de noviembre de 2013
Jornadas de trabajo
Las jornadas de trabajo no se pagan por las horas
de trabajo si no por la función que se realice dentro de la empresa. Los gastos
e ingresos de la empresa depende de la eficacia de esta (administración,
instalaciones, material, equipo humano, etc) llamándose jornada efectiva que no
siempre se suele cumplir al 100% ya que por cortesía queda establecido con el
empleador "el momento del bocadillo" en el que corresponden 15 min.
de 6 horas de trabajo una de las cosas a tener en cuenta que comentaremos a continuación.
Se denomina jornada al
tiempo del día durante el cual el trabajador está en la empresa. La jornada de
trabajo se divide en tiempo de trabajo necesario y tiempo de trabajo
adicional. Pudiendo adoptar diversas formas (continuada o partida, a turnos,
etc...) pero siempre cumpliendo que la duración no sea mayor a la del Convenio
Colectivo aplicable y su tope sea 40 horas semanales de promedio en el cómputo
anual.
Y además hay que tener
en cuenta:
-Entre
el final de un día y el comienzo de la jornada del día siguiente deben pasar 12
horas como mínimo.
-El
número de horas de trabajo efectivo ordinario no será mayor a 9 horas diarias, salvo
que en convenio colectivo se pacte otra, pero siempre respetando el descanso
entre jornadas.
-Cuando
la jornada diaria continuada exceda de 6 horas diarias, se establecerá un
periodo de 15 minutos de descanso; que en el caso de los menores de 18 años será
de 30 minutos. Estos además, no podrán realizar más de 8 horas diarias de
trabajo efectivo, incluyendo en su caso el tiempo destinado a formación.
-Todos los trabajadores
tendrán un descanso mínimo semanal de día y medio sin interrupción, que será de
2 días en el caso de los menores de 18 años. Sin embargo, por sus
características específicas, algunos sectores poseen una regulación propia de
la jornada laboral (por ejemplo: los guardas y vigilantes, la hostelería, los
trabajadores del mar...) por lo que deberá acudirse a la regulación de la
jornada y descansos semanales que realice el convenio colectivo aplicable.
Así, la jornada
laboral ordinaria debería distribuirse diariamente de la forma más homogénea
posible, aunque puede tener una distribución irregular a lo largo del año
siempre y cuando se respeten los periodos mínimos de descanso diario y semanal
previstos en los convenios colectivos y en el Estatuto de los Trabajadores.
domingo, 17 de noviembre de 2013
Libre contratación
Depende de lo que
quieras vender deberás tomar unos criterios o otros a la hora de venderte, hay
varios criterios que siguen los empresarios como buscar lo mas eficaz ya que
los tiempos cambian y hay que adaptarse a los tiempos que corre para triunfar,
ahora por ejemplo hay hombres en tiendas de ropa cosa que antes era casi
impensable. Lo que quiere el empresario es vender y buscar la efectividad de la
empresa llamar la atención, que todos lo vean y hablen de el. Por ejemplo los
carteles publicitarios, aunque a veces pueden resultar sexistas, con el único
objetivo de ese empresario de vender mas, aunque siempre hay que adaptarse a
las circunstancias y las culturas porque no es lo mismo una tienda en Málaga de
ropa que una tienda en Qatar, que se rige por otro modelo totalmente diferente.
La libre contratación es el derecho que tienen las personas para decidir a quien contratar, así como la libertad para determinar el contenido de los mismos. Por consiguiente, las
personas son libres para negociar la celebración de sus contratos (libertad
de contratar entre los sujetos) y las condiciones, limitaciones, modalidades,
formalidades, plazos, y demás particularidades que regirán la relación jurídica
creada por el contrato (libertad contractual sobre
los objetos).La libertad de contratación está
sostenida doctrinalmente en la libertad individual y la voluntad, en la actualidad es reconocida
como un derecho fundamental en las democracias liberales, sin embargo se encuentra limitada y regulada por
sus legislaciones nacionales en niveles que varían de país a país.domingo, 10 de noviembre de 2013
Contrato por tiempo indefinido para persona con discapacidad. Expuesto en clase
En mi caso voy
hablar de los contratos indefinidos para personas con discapacidad. A
diferencia de otros tipos de contrato este tipo de contratación se
incentiva en mayor grado para diferenciarla de la contratación de
trabajadores que no tienen disminuida su capacidad funcional.
-Requisitos que piden a los
trabajadores:
Trabajadores con grado mínimo
reconocido de discapacidad igual o superior al 33% y estar inscritos en la
Oficina de Empleo.
-Requisitos
de las empresas:
Cualquier empresa y cooperativas de
trabajo asociado. Las empresas beneficiarias están obligadas a mantener la
estabilidad en el empleo de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres
años, no pudiendo despedirlos sin causa justificada y, en caso de despido
procedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad,
beneficiándose en este caso solamente de la bonificación de la cuota a la
Seguridad Social por los sustitutos. El incumplimiento de las obligaciones
anteriores supondrá la devolución de las ayudas recibidas.
-Duración
Indefinida, con jornada a tiempo completo o a tiempo parcial.
-Trámites
para formalizar el contrato
Oferta en la Oficina de Empleo (con
proyecto y memoria de la empresa, en las de nueva creación, indicando
características de los puestos de trabajo, capacidad que debe tener el
trabajador y porcentaje de trabajadores con discapacidad).Contrato escrito en
modelo oficial junto a la entrega de una copia básica del contrato en el plazo
de diez días. Comunicación al Servicio Público de Empleo del contenido del
contrato en el plazo de diez días hábiles siguientes a su concertación,
adjuntándose una copia básica del mismo firmada por los representantes legales
de los trabajadores si los hubiere. Fotocopia del alta en la Seguridad
Social y certificado de Discapacidad.
-Incentivos
a las empresas
Subvención de 3.907 euros por cada
contrato celebrado a tiempo completo. Cuando el contrato se concierte a tiempo
parcial dicho importe se reducirá proporcionalmente a la jornada
pactada. Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social de acuerdo
con el nuevo Programa de Fomento del Empleo. Subvenciones para adaptación
de puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal hasta 901,52
euros.
Subvenciones para la
formación profesional de los trabajadores con discapacidad.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
